PSOE MEDELLÍN-YELBES

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lunes, 29 de julio de 2013

Renta Básica Extremeña de Inserción. Guía explicativa

REQUISITOS DE ACCESO A LA PRESTACIÓN:

1. Haber residido legalmente durante el último año previo a la solicitud de la Renta Básica en algún municipio de Extremadura (salvo los extremeños retornados o refugiados).

2. Tener más de 25 años y menos de la edad legal de jubilación, salvo:

i. Ser menor de 25 y mayor de 18 años con personas con discapacidad a cargo, proceder de tutela por parte de la Administración, ser huérfano o joven emancipado.

3. Carecer de recursos económicos o patrimoniales suficientes para cubrir las necesidades básicas.

4. Haber solicitado previamente las pensiones y prestaciones del artículo 3,2 (contributivas y no contributivas de cualquier régimen o sistema de protección social).

5. Firmar el compromiso de participación en el Proyecto Individualizado de Inserción.

6. No residir en centros que están obligados a atender las necesidades básicas de subsistencia de residentes. Excepto las mujeres víctimas de violencia de género.


CUANTÍA DE LAS PRESTACIONES:

La cuantía mensual está fijada en el 75% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Esta cantidad se verá incrementada en los casos siguientes:

15% por el primer miembro de la unidad familiar.
10% por el segundo y tercer miembro.
5% por el cuarto miembro, y siguientes.

El importe máximo de la prestación por cada unidad familiar no puede superar el 125% del IPREM.

IPREM 2013 = 532,51€/MES
75% IPREM = 399,38€/MES

• Unidades familiares con personas con discapacidad a cargo se incrementa un 10%.
Pago de alquiler o hipoteca de vivienda habitual, incremento del 10%

Tope máximo para estos casos es del 135% del IPREM.


PERIODO DE PERCEPCIÓN, RENOVACIÓN Y AMPLIACIÓN

Duración de 6 meses, renovable, por una sola vez por otros 6 meses.


PROCEDIMIENTO. INICIACIÓN Y DOCUMENTACIÓN:

1. El procedimiento para la concesión de la Renta Básica Extremeña de Inserción se iniciará mediante solicitud de la persona interesada conforme al modelo normalizado que figura como Anexo del presente reglamento.

2. A la solicitud se acompañarán los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley de Renta Básica Extremeña de Inserción y, en todo caso, los siguientes:

a. Copia cotejada del Libro de Familia correspondiente a la unidad familiar o de convivencia del solicitante. En caso de uniones análogas a la matrimonial, deberá aportarse además el correspondiente certificado de hallarse la misma debidamente inscrita en el Registro de Parejas de Hecho o el documento público que acredite la existencia de la misma.

En los supuestos de nulidad, separación o divorcio, deberá presentarse copia cotejada de la sentencia que hubiere recaído en el procedimiento judicial correspondiente y, en su caso, convenio regulador que hubiere sido confirmado por la misma.

b. Certificados padronales acreditativos del periodo de residencia del solicitante en la Comunidad Autónoma de Extremadura establecido en la Ley.

c. En su caso, Certificado de emigrante retornado.

d. Certificado de convivencia expedido por el Ayuntamiento, en el que se hagan constar todas las personas que figuren empadronadas en el domicilio del solicitante.

e. Certificado y/o documentos acreditativos de los recursos, pensiones y prestaciones del solicitante y en su caso, de los demás miembros de la unidad familiar o de convivencia expedidos por los órganos competentes. Anexo III.

f. Copia cotejada de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del último ejercicio económico, o en su defecto, certificado de imputaciones emitido por la Agencia Tributaria del solicitante y demás miembros de la unidad familiar o de convivencia.

g. Certificación catastral de bienes de naturaleza rústica y urbana del solicitante y demás miembros de la unidad familiar o de convivencia. Anexo II.

h. Certificación municipal acreditativa de la titularidad de vehículos del solicitante y demás miembros de la unidad familiar o de convivencia y copia cotejada de la tarjeta técnica de dichos vehículos o copia cotejada del último recibo del impuesto de circulación.

i. Certificado de demanda de empleo expedido por el Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), del solicitante de la Renta Básica Extremeña de Inserción. Anexo II.

j. En su caso, Certificados de demanda de empleo expedidos por el Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia que sean mayores de 16 años, salvo que acrediten debidamente que están cursando formación reglada o que sus circunstancias de edad, salud, falta de preparación general o especializada, o cualesquiera otras personales o sociales lo impidan y, en todo caso, de conformidad con lo que se disponga en el correspondiente Proyecto Individualizado de Inserción. Anexo II.

k. Certificado emitido por el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) acreditativo de los subsidios, prestaciones y subvenciones solicitadas y/o reconocidas, con indicación de periodos y cuantías, al solicitante y demás miembros de la unidad familiar o de convivencia. Anexo II.

l. Informe de la vida laboral del solicitante y demás miembros de la unidad familiar o de convivencia que sean mayores de 16 años.

3. De conformidad con lo establecido en el Decreto 184/2008, de 12 de septiembre, previo consentimiento otorgada por solicitante de la Renta Básica Extremeña de Inserción, no se exigirá a éste ni al resto de beneficiarios de la unidad familiar o de convivencia, la aportación de la copia del Documento Nacional de Identidad, del documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español expedido por las autoridades españolas, ni certificado de empadronamiento. 

La comprobación de los documentos anteriormente señalados, se realizará de oficio por la Administración Autonómica. 

Esta autorización se hará extensiva a aquellos documentos a los que pueda tener acceso la Administración en virtud de los convenios suscritos. 

Si el interesado/a no presta su consentimiento, rellenando al efecto el Anexo II


jueves, 18 de julio de 2013

MOCIONES PSOE PARA EL PLENO DE JULIO

Desde el Partido Socialista hemos registrado 4 mociones que irán al Pleno de este mes de julio, dos de ellas referentes a Medellín y Yelbes.

Por un lado, hemos presentado una moción enfocada a la eliminación de barreras arquitectónicas en Yelbes. Y es que los últimos acerados que se han renovado en la localidad tienen unas rampas de acceso las cuales son impracticables para personas con movilidad reducida como podemos ver en la fotografía:


Desde el PSOE consideramos que esto supone una discriminación para vecinos y foráneos de Yelbes puesto que este tipo de barreras arquitectónicas aparta a las personas con movilidad reducida de la vida social, política y económica de Yelbes, impidiendo su libre circulación por la localidad. Es por ello que desde el PSOE esperamos que se tome en consideración esta moción y se subsanen estos errores a la mayor brevedad posible (al margen del clima político generado por el Gobierno Municipal tras la denuncia del Alcalde contra esta Agrupación. Las personas con movilidad reducida no deben pagar los platos rotos).

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La otra moción está referida a Medellín. Y es que el estado en el que se encuentra la carretera de la estación, junto a la falta de iluminación de la misma, hace que esta sea bastante peligrosa tanto para camiones y tractores como para los trabajadores que se dirigen a sus puestos de trabajo durante las campañas de verano.

Es por ello que desde el PSOE solicitamos la colocación de alumbrado público desde el final del ya existente hasta, al menos, la zona donde se sitúa la agroindustria metelinense, lugar de entrada y salida de muchos vehículos pesados.


Esto significaría una mejora de la seguridad de la vía y revitalizar una de las zonas más degradadas de Medellín. Además de mejorar la imagen exterior de nuestra industria local, motor de empleo y riqueza para el municipio.

  

martes, 2 de julio de 2013

Antonio Parral: GAME OVER

Una vez más los vecinos de Medellín y Yelbes podemos sentirnos abochornados y entristecidos por el “Informativo Municipal” panfletario, sesgado y con una clara intención manipuladora que el alcalde de Medellín, don Antonio Parral Carmona, publica con cargo al erario público.

Sin duda, cada informativo (escrito en buena parte por nuestro alcalde-presidente-abogado) nos muestra que el partido que el mismo fundó (Agrupación de Vecinos) no es sino un nido de “resabiados” y “rebotados” de los demás partidos políticos de Medellín y Yelbes (incluido el PSOE, donde respiramos aliviados al no tener entre nuestras filas a una persona con esa bajeza moral como don Antonio Parral).

Muchos de los miembros de AdV ya tienen un largo recorrido sino dentro, por lo menos alrededor de la política municipal en Medellín y Yelbes. Personas que antes no eran capaces de imponer su criterio y que ahora que creen que tienen el poder lo imponen.

Es por ello que la soberbia que demuestran en los Plenos es más propia de partidos totalitarios que de un partido verdaderamente democrático ¿Tendrá algo que ver su actitud con que se resistan a limpiar las pintadas de Falange Española que hay en Medellín? No lo sabemos con seguridad. Lo dejamos a elección del lector.

El caso es que la lista de desengañados/as o cabreados con el Gobierno de don Antonio Parral es larga. Vecinos de Medellín afectados por las inundaciones, asociaciones, empresarios, vecinos de Yelbes que no soportan la soberbia de sus concejales...

Como bien dice el título de este artículo "el juego se ha acabado" (GAME OVER). El señalar al PSOE o a “vecinos cercanos al Grupo Socialista” como hicieron los nazis con los judíos para intentar marginarlos se ha acabado. Ante vosotros tenéis a un PSOE que pone muy nervioso a don Antonio Parral Carmona porque le saca los colores ante tanta mentira como espeta por su boca. Eso no gusta, y de ahí esa actitud rabiosa de estar a la defensiva como animal enjaulado.

Con lo que respecta a su último “Informativo Municipal”:

1   -  En referencia al punto de adjudicación de terrenos para frutales de la finca municipal “El Prado” EL ALCALDE MIENTE al decir que no dimos una explicación sobre por qué nos abstuvimos en el Pleno. La explicación es la siguiente (y que además debe constar en el acta de la sesión): NOS ABSTENEMOS PORQUE CONSIDERAMOS POSITIVA LA CREACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO QUE VA A CONLLEVAR LA CREACIÓN DE UNA PLANTACIÓN DE FRUTALES, PERO NO APOYAMOS EL PROCESO QUE SE HA LLEVADO A CABO PARA ADJUDICAR LOS TERRENOS PORQUE EL ALCALDE NO HA CONTADO CON EL PSOE PARA ELLO.

2  - En cuanto al punto de “Procesos de contratación de trabajadores municipales” consideramos bochornosa la coletilla que el señor alcalde hace diciendo que con respecto a la supresión del requisito de estar empadronado en el municipio para poder optar al puesto de trabajo, este se haya quitado porque “una vecina de Medellín, cercana al grupo socialista, impugnó las bases”.

Este es el alcalde de que iba a gobernar para todos. El que pone a vecinos en el punto de mira según al partido político al que voten.

Pero en el caso de contratación de trabajadores municipales tiene mucho por donde callar porque no son pocas las quejas de vecinos que han mostrado su malestar al ver como personas cercanas al partido independiente (AdV) han entrado a trabajar en puestos subvencionados con fondos públicos. Y es que:


SEÑOR ALCALDE, SE HA LUCIDO USTED CON ESTE “INFORMATIVO MUNICIPAL”